Desecha congreso petición de juicio político contra ex alcalde de Papalotla
Aseguran que no encontraron elementos de procedencia
13 Noviembre 2014/ Tlaxcala, Tlax. (A.Gonzalez )
Por aparentemente no encontrar suficientes elementos para aplicar la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos para el Estado de Tlaxcala, en contra del ex alcalde y ex síndico de Papalotla, Ángel Corona Lara y Esaú Rosas Muñoz, respectivamente, este jueves por mayoría de votos, integrantes de la LXI Legislatura local, desecharon el proceso de juicio político, iniciado el año anterior.
El documento especifica textual: “Se desecha la denuncia de hechos que se consideran constitutivos de instauración de Juicio Político con efectos de destitución del cargo y de inhabilitación para desempeñar algún otro en el servicio público, en contra de los ciudadanos”.
Por todo esto, se instruyó al Secretario Parlamentario para que comunique este acuerdo al denunciante, y asimismo, lo notifique de manera íntegra a la Procuradora General de Justicia del Estado de Tlaxcala.
Antes de que presentarán este dictamen, los diputados Integrantes de la Comisión Instructora de Juicio Político, Declaración de Procedencia, Desafuero y Responsabilidad de Munícipes del Congreso del Estado de Tlaxcala, examinaron el Expediente SPPJP002/2014 que contenía la denuncia de hechos que presumiblemente son constitutivos de instauración de Juicio Político con efectos de destitución del cargo y de inhabilitación para desempeñar algún otro en el servicio público, en contra de los ciudadanos Ángel Corona Lara y Esaú Rosas Muñoz, ex Presidente y ex Síndico municipal, respectivamente, del municipio de Papalotla.
Explicaron que con fecha 20 de febrero de 2014, por conducto de la Secretaría Parlamentaria, se recibió escrito signado por la ciudadana Norma Lucrecia Xicohténcatl Caporal, por derecho propio; a través del cual formula denuncia de hechos que consideró son constitutivos de instauración de Juicio Político en contra del ex alcalde de Papalotla.
“Que el Juicio Político es la vía materialmente jurisdiccional, pero formalmente legislativa, que prevé la Constitución Política de Estado Libre y Soberano de Tlaxcala (art. 109), para sancionar a los servidores públicos que con sus acciones u omisiones han causado perjuicio a los intereses públicos fundamentales o al buen despacho de las funciones públicas a ellos encomendadas”.
Refirieron que a criterio de esta Comisión, derivado de un estudio exhaustivo e integral de la denuncia de marras, es evidente que entre las causas que aduce la denunciante, como conductas materia de instauración de Juicio Político, citadas con antelación y la descripción de los hechos que de acuerdo a su razonamiento son motivo de trámite del medio de control constitucional de referencia, no existe relación alguna en el sentido de que la denuncia sea motivada.
Por lo anterior, evidenciaron que la denunciante Norma Lucrecia Xicohténcatl Caporal, con la tramitación presente, persigue un interés meramente particular y no la protección de los intereses públicos fundamentales y su buen despacho, tan es así, que oportunamente ha ejercitado acciones legales en otras vías en demanda de la justicia correspondiente, mismas que se encuentra tramitando según su dicho.
El acuerdo en donde se declaró improcedente este juicio político fue leído por la diputada priista, Sinahí del Rocío Parra Fernández.
