Renuente TSJE a aplicar exámenes de control de confianza a jueces
- Aseguro a magistrado que estos sólo deben aplicarse a cuerpos policiacos
13 de Junio 2014 / Tlaxcala, Tlax. (A. González)
La posibilidad de implementar exámenes de confianza a funcionarios del Poder Judicial, como son los jueces y los ministerios públicos no parece una opción para Mario Antonio de Jesús Jiménez Martínez, Magistrado integrante de la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE), quien se pronunció por el rechazo a dicho proyecto; ya que refirió que este tipo de exámenes sólo son convenientes para los cuerpos policiacos y las Ministerios Públicos, no así para los jueces.
“Los juzgadores ya sólo van a aplicar la ley de acuerdo a los datos aportados por las partes en un proceso, que en este caso es el Ministerio Público, hoy en día (inaudible) la víctima o los ofendidos, y por otra parte, el acusado y sus defensores, entonces la función de los jueces se queda muy acotada, por ley a sólo aplicar el derecho a casos concretos sometidos a su competencia”, mencionó.
Asimismo, indicó que la desconfianza en los jueces puede surgir por casos en los que la sentencia no se apegue a lo que establece la ley, pero en este caso hay instancias revisoras en las que el Magistrado mostró su confianza.
“La desconfianza podría surgir en tanto una sentencia no se apegue a la ley, pero en todo caso hay instancias que pueden revisar esas sentencias; en el caso de los jueces el tribunal de apelación, y en caso del tribunal de apelación, los tribunales colegiados que son entidades dependientes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), donde finalmente se encuentra certeza jurídica en la decisión final”, detalló.
Ante esto, y en respuesta al tema de la existencia de jueces que han caído en situaciones de corrupción, señaló que “son casos aislados”, aunque aceptó que algunos incluso han sido retirados de su cargo.
“Y no decimos que los juzgadores estén a salvo de las prácticas de corrupción; lo que pasa es que como bien lo ha hecho la Corte al separar a Magistrados federales, a un Juez recientemente -por el caso del llamado señor de los casinos-, y ponerlos a disposición de la Procuraduría”, dijo.
Sin embargo, insistió en que estos casos son aislados, “pero si nos damos cuenta son casos bastante aislados en el caso de los juzgadores, muy eventuales, y por esa razón no es admisible la generalidad de que se aplique para todos, los exámenes de control de confianza”, aseveró.
En este sentido, y con los argumentos mencionados, reiteró que los exámenes de control de confianza sean únicamente para los cuerpos policiacos y para los Ministerios Públicos.
“Por eso en el caso de los juzgadores la SCJN no ha dado pie a que sean sujetos de los exámenes de control de confianza, pero sí se ha insistido mucho en que sea la policía cualquiera que sea, y los mismos Ministerios Públicos quienes si deben ser sometidos a los exámenes de control de confianza en razón de la naturaleza de su función, y en razón de que es un hecho notorio que se ha generado desconfianza a la sociedad que se han convertido en filtros que no permiten que se aplique la ley”, concluyó.
