Armonizan ley de Educación de Tlaxcala con normas generales
- No se podrá condicionar la impartición de la educación a cambio de cuotas a padres de familia
27 de Agosto 2014 / Tlaxcala, Tlax. (A. González)
Sin contratiempos y por mayoría de votos, este martes, integrantes de la LXI Legislatura local ratificaron la armonización de la Ley de Educación para el Estado de Tlaxcala, con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pero también con la legislaciones General de Educación, del Servicio Profesional Docente y del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación.
En sesión ordinaria de este martes, se aprobó el dictamen con proyecto de acuerdo en donde se informa a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión sobre la armonización de estas leyes federales.
Lo anterior es en repuesta a la solicitud de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión en donde solicitó respetuosamente a los congresos locales que realicen a la brevedad las modificaciones pertinentes para armonizar su legislación y cumplir con el mandato previsto en el texto constitucional y en la Ley General de Educación, en la Ley General de Educación, en la Ley General del Servicio Profesional Docente y en la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación.
Con esto, la Comisión Permanente solicita respetuosamente a la Secretaría de Educación Pública y a las autoridades correspondientes en las entidades federativas que, de manera coordinada y el ámbito de sus respectivas atribuciones, impulsen las medidas necesarias para evitar que se exija cualquier tipo de aportación voluntaria en las escuelas públicas o privadas; impedir que se condicione la prestación de los servicios educativos al pago de dicha contribución; y garantizar que no publiquen listas con los nombres de alumnos que no realicen dichas aportaciones.
El día veintiséis de febrero del año próximo pasado, se publicó en el Diario Oficial de la Federación una reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia Educativa en la que se estableció el Servicio Profesional Docente, con lo cual se garantiza que los maestros que impartan clases, cuenten con formación, capacitación y actualización, en razón de esto, ahora el ingreso y promoción será en función del conocimiento y desarrollo profesional con que cuenten; se creó el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación como un organismo constitucional autónomo a efecto de mejorar la educación de nuestro país.
Todo esto establece el derecho a una educación de calidad; El Sistema Educativo Estatal deberá asegurar la participación activa de todas las personas involucradas en el proceso educativo; la regulación, destino, aplicación, transparencia de donaciones o cuotas voluntarias; impulsa la educación en materia de nutrición.
La Autoridad Educativa Local, deberá contar con un sistema de información educativa que contenga bases actualizadas de alumnos, profesores y escuelas; Prestar los servicios de formación, actualización, capacitación y superación profesional para los maestros de educación básica; participar en las actividades tendientes a realizar evaluaciones para el ingreso, la promoción, el reconocimiento y la permanencia en el Servicio Profesional Docente; participación en la realización, en forma periódica y sistemática, de exámenes de evaluación de educandos.
Se establece que el expendio y distribución de alimentos y bebidas preparadas dentro de la escuela se sujetará a los lineamientos que establezca la Secretaría de Educación Pública Federal; se instituyen los programas de gestión escolar, los cuales tienen dentro de sus objetivos usar los resultados de evaluación como retroalimentación para la mejora continua, se les otorga autonomía de gestión a las escuelas públicas, la cual no implica la privatización de la escuela; el fortalecimiento la educación especial y la educación inicial, incluyendo a las personas con discapacidad; programas y escuelas dirigidas a padres y tutores.
En la impartición de educación para menores de edad se tomarán medidas que aseguren a alumnos la protección y el cuidado necesarios para preservar su integridad física, psicológica y social sobre la base del respeto a su dignidad.
La Autoridad Educativa Local publicará en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala, antes de inicio de cada ciclo escolar, la relación de las instituciones a las que haya concedido autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios.
Asimismo publicarán, oportunamente y en cada caso, la inclusión o la supresión en dicha lista de las instituciones a las que otorguen, revoquen o retiren las autorizaciones o reconocimientos respectivos; Los particulares que presten servicios por los que se impartan estudios sin reconocimiento de validez oficial, deberán mencionarlo en su correspondiente documentación y publicidad.
“En conclusión diremos que esta Sexagésima Primera Legislatura ha realizado los trabajos para que la Ley de Educación para el Estado de Tlaxcala se encuentre acorde con lo establecido en nuestra Carta Magna, la Ley General de Educación, Ley General del Servicio Profesional Docente y con la Ley General del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, así como las medidas legislativas correspondientes para evitar el condicionamiento de la prestación de servicios escolares a cambio de pagos o cuotas obligatorias”.
