Facilidades administrativas a usuarios de aguas nacionales vencerán el 31 de Diciembre próximo
07 Noviembre 2014/ Tlaxcala, Tlax. ( Redacción)
Para dar cumplimiento a la política hídrica que permita atender las necesidades de agua para el bienestar de la sociedad, el desarrollo de la economía nacional y el equilibrio y conservación del ambiente, el Presidente de la República, Enrique Peña Nieto, emitió el “Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas a los usuarios de aguas nacionales”, que beneficia aquellas personas que cuenten con títulos vencidos a partir del 1° de enero de 2009, así como a los concesionarios o asignatarios que tengan títulos vigentes, pero que no solicitaron su prórroga a tiempo.
Las facilidades administrativas, que vencerán el 31 de diciembre próximo, permiten que los usuarios de aguas nacionales recuperen los derechos de explotación, uso o aprovechamiento del recurso hídrico.
Adicionalmente, la regularización de los títulos, brinda a los usuarios certeza jurídica en el aprovechamiento del agua, una tarifa eléctrica preferencial (uso agrícola) y acceso a los programas de la Comisión Nacional del Agua (Conagua), (municipios y organismos operadores) como el Programa de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento en Zonas Urbanas (APAZU), Programa Federal de Saneamiento de Aguas Residuales (PROSANEAR) y Programa de Devolución de Derechos (PRODDER).
Por otra parte, en el decreto se detalla que para otorgar los nuevos títulos de las aguas nacionales, la Conagua determinará el volumen anual a concesionar o a asignar, tomando como base el volumen original autorizado en los títulos vencidos o por vencer, aplicando un porcentaje de reducción del volumen para la recuperación y preservación de cuencas hidrológicas y acuíferos, que va del 10 al 30 por ciento, que será determinado por la sobreexplotación del acuífero al que pertenezca. Adicionalmente deberá de presentar un programa donde se comprometa a eficientar el uso del vital líquido en por lo menos 5% durante los siguientes cinco años.
Es importante recordar que los concesionarios son cualquier persona física o moral que el Poder Ejecutivo por conducto de la Conagua le ha otorgado la concesión para el uso de aguas nacionales; en tanto que los asignatarios son los municipios u organismos operadores a los que se les ha otorgado un título de asignación para uso exclusivamente público-urbano a fin de que atiendan las necesidades de su población, en cumplimiento del Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: es responsabilidad de los municipios de otorgar servicios públicos entre los que se encuentra el agua potable y el de alcantarillado.
Finalmente, se recuerda a los beneficiarios que para adherirse al Decreto Presidencial deberán presentar ante la Conagua, la solicitud —sin costo—, y acreditar, entre otros requisitos, que han explotado, usado o aprovechado las aguas nacionales, de acuerdo con lo establecido en su concesión o asignación.
Para mayor información, los usuarios pueden acudir a los Centros Integrales de Servicios o Ventanillas Únicas, o llamar sin costo al 01800 2662 482 opción 2.
Los usuarios interesados en realizar el trámite podrán acudir al Centro Integral de Servicios o Ventanilla Única, ubicada en la calle Morelos 44, Ocotlán, Tlaxcala, o llamar al 01 (246) 46 893 00 ext. 1240.
Cabe destacar que en el caso de nuestra entidad, sólo se encuentran en esas condiciones nueve usuarios, a los que también ya se les invitó por escrito en sus domicilios registrados ante esta dependencia del gobierno federal.
